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Trámite obligatorio de inscribir cualquier cambio o modificación sustancial producido en la entidad inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas.
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(11703) Registro de Participación Ciudadana
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- Documentación básica
- Certificación acreditativa de que el representante está facultado para instar la inscripción en nombre y representación de la asociación, federación, confederación o unión de asociaciones de la que se trate.
- Certificado del acuerdo en el que se decidió la modificación solicitada
- Documento público que contiene el cambio del que se trate: Estatutos, junta directiva, domicilio social, etc..
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
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Quien ostente la representación legal de la asociación, según se establezca en sus estatutos, o la persona a la que se autorice.
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Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
Las asociaciones, como personas jurídicas, tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Un mes desde que se haya adoptado el acuerdo de modificación por el órgano competente, según los Estatutos (artículo 24.5 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana).
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Ninguna.
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Las entidades inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas están obligadas a comunicar las modificaciones que se produzcan en los siguientes aspectos:
- La unión, fusión o absorción con otras asociaciones o federaciones y de estas en confederaciones, cualquiera que sea su ámbito, así como los acuerdos de separación.
- La modificación de los estatutos.
- La designación, renovación y cese de los órganos de representación y la delegación de sus facultades, así como su revocación.
- La apertura, traslado y cierre de delegaciones o establecimientos.
- La incorporación y separación de asociaciones a una federación, confederación o unión de asociaciones o entidades nacionales o internacionales.
- La declaración de utilidad o interés público y su revocación.
- Documentación relativa a impugnación de acuerdos sociales.
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Secretaría General del Pleno.
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10 días.
