-
Concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las competencias directas de los Servicios Sociales municipales y tengan por objeto cubrir las necesidades sociales de la ciudadanía de Las Palmas de Gran Canaria, por lo que los ámbitos generales de intervención de las acciones a subvencionar serán los siguientes:
- Inclusión social.
- Familia e infancia.
- Desarrollo comunitario/trabajo en red.
- Mayores.
- Migraciones, convivencia y diversidad cultural.
- Adicciones.
- Otros colectivos en situación de riesgo y/o exclusión social.Se subvencionarán proyectos de competencias de los Servicios Sociales municipales, según los ámbitos generales de intervención de las acciones a subvencionar contemplados en el Anexo IV.
-
(24.3) Sección de Servicios Sociales
- Negativo (2 Meses)
-
- PRESENTAR DOCUMENTACIÓN DE REQUERIMIENTO
- Anexo I Solicitud de la subvención (disponible en Descargas/Enlaces)
- Anexo II Aceptación de la subvención (disponible en Descargas/Enlaces)
- Número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) del representante legal que firma la solicitud de la subvención
- Acreditación de la representación Certificación de la entidad que acredite la condición del representante legal
- Documento de estar registrado, con una antigüedad mínima de 2 años a la fecha de publicación de la convocatoria, como Asociación, Federación, Fundación u Organización sin ánimo de lucro
- Inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras en la prestación de Servicios Sociales del Gobierno de Canarias
- Solicitud - renovación de la inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de este Ayuntamiento
- Memoria detallada del proyecto a desarrollar. Anexo V Formulario para la presentación del programa/proyecto (disponible en Descargas/Enlaces)
- Estatutos de constitución de la persona jurídica (organización/entidad)
- Certificado de situación censal, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Documentación acreditativa original y en vigor de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias autonómicas
- Documentación acreditativa original y en vigor de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales
- En el caso de proyecto con voluntariado:
- Acuerdos o compromisos formalizados entre la entidad y los voluntarios del proyecto o, en otro caso, certificado de la organización indicando los motivos por los que dichos acuerdos o compromisos no se han formalizado a la fecha de presentación de la solicitud de subvención
- En caso de proyecto relacionado con menores y/o personas con discapacidad intelectual:
- Certificación donde se haga constar que todos los profesionales y voluntarios que intervendrán en el proyecto cuentan con el certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales
- En el caso de cofinanciación del proyecto:
- Solicitud, resolución de concesión de subvenciones o convenio con otras administraciones públicas o privadas en el que conste la cuantía solicitada o concedida al proyecto
- Certificación de la entidad solicitante en la que consten desglosados los conceptos financiados por cada entidad cofinanciadora y la cantidad asignada
- REFORMULACIÓN DEL PROYECTO/PROYECTO
- Anexo V Formulario para la presentación del programa/proyecto (disponible en Descargas/Enlaces)
- JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA PROGRAMA/PROYECTO
- Informe de auditor (Opc)
- Anexo III Cuenta justificativa. Subvención municipal (disponible en Descargas/Enlaces) (Opc)
- JUSTIFICACIÓN TÉCNICA PROGRAMA/PROYECTO
- Anexo VI Memoria técnica para la justificación del programa/proyecto (disponible en Descargas/Enlaces)
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
-
- Asociaciones, fundaciones, federaciones y confederaciones de iniciativa social sin ánimo de lucro.
- Ubicadas en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
- Subvención prevista nominativamente en el presupuesto municipal del año en curso.
- Subvención clasificada en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria del año en curso.
-
Entidades privadas de iniciativa social sin ánimo de lucro ubicadas en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
-
Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
-
Tramitación Telemática: sede electrónica
Se debe buscar el trámite y, una vez localizado y abierto, entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, podrá ir confeccionando la solicitud siguiendo las indicaciones del asistente.
-
Concejalía de Gobierno del Área de Bienestar Social, Igualdad, Cuidados y Salud.
-
El plazo para resolver será de seis (6) meses, desde el decreto por el que se inicia el expediente administrativo para la concesión de la subvención nominativa mediante convenio.
-
De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la resolución/decreto podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el término de UN (1) MES a contar desde el día siguiente de la notificación de la antedicha resolución o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, en el plazo de DOS (2) MESES, a contar desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
-
Sí.
-
Todo acto administrativo, comunicado o requerimiento relacionado con la convocatoria se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (www.laspalmasgc.es). Las comunicaciones y notificaciones se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido y se entenderán rechazadas cuando hayan transcurrido diez (10) días naturales desde la puesta a disposición de la notificación en la sede electrónica; en este supuesto se procederá conforme establece el artículo 41.5 de la LPACAP.
-
Se requerirá a la entidad solicitante al inicio del expediente y/o durante la ejecución del convenio, para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o aporte la documentación que se estime oportuna.
-
Puede acceder a más información a través del siguiente enlace: Subvenciones directas nominativas
Para cualquier otra consulta puede ponerse en contacto través del siguiente correo electrónico: utsge@laspalmasgc.es
Teléfonos de contacto: 928 44 60 22/ 928 44 60 41