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Taxi - Denuncia en Relación con el Servicio

Trámite disponible en linea
Haz clic en el botón de la izquierda "INICIAR TRÁMITE", para comenzar.
Fecha última Actualización: 12/01/2021
Objeto
Expandir/Contraer
  • Trámite para efectuar denuncias en relación con el servicio de un auto-taxi

Unidad Tramitadora
Expandir/Contraer
  • (18.01) Sección de Tráfico y Transporte
Silencio Administrativo
Expandir/Contraer
  • Negativo
Documentación a aportar
Expandir/Contraer
    • En caso de representación
      • Deberá acreditar la misma de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    * Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Requisitos de iniciación
Expandir/Contraer
  • Identidad de la persona o personas que los presentan (art. 62.2 Ley 39/2015).

Quién puede realizar la solicitud
Expandir/Contraer
  • El/la afectado/a o representante autorizado.

Cómo lo puede presentar
Expandir/Contraer
  • El trámite puede ser instado por:

    • Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)

    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.

    2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.

    3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".

    4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:

              Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
              Calle León y Castillo, 270
              35005 Las Palmas de Gran Canaria

    • Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)

    1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

Fechas en que lo puede solicitar
Expandir/Contraer
  • Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente.

Dónde lo puede presentar
Expandir/Contraer
  • 1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.

    2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:

    • En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    • En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:

    Oficina Central
    Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
    Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73  Fax: 928.328.761
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.

    Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
    Dirección: calle Botas, 2.
    Teléfono: 928.44.71.54  Fax: 928.33.96.00
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.

    Distrito Centro
    Dirección: calle Alfonso XIII, 2
    Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59  Fax: 928.38.35.80
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
    Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
    Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
    Horario de Atención al Público:lLunes a viernes 8:00-14:00.

    Distrito Isleta Puerto Guanarteme
    Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
    Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29  Fax: 928.46.45.64
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.

    Distrito Ciudad Alta
    Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
    Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.

    Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
    Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15 
    Teléfono: 928.44.85.24  Fax: 928.67.05.50
    Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.

    Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
    Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

Obligaciones económicas
Expandir/Contraer
  • Ninguna

Órgano que resuelve
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  • Concejal Delegado de Movilidad, Promoción Económica y Ciudad del Mar.

Plazo de resolución
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  • 1 año desde la fecha del acuerdo de incoación (art. 113.1 Ley 13/2007).

¿Agota la vía administrativa?
Expandir/Contraer
  • La resolución adoptada por el Órgano Administrativo competente.

Recurso contra la resolución
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  • Recurso potestativo de reposición (art. 123 - 124 Ley 39/2015).

Notificación
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  • Si opta por recibir la Notificación por Correo Ordinario:
    La resolución administrativa resolución será notificada a el/la interesado/a conforme a lo dispuesto en la legislación de procedimiento administrativo común. (art. 38 y ss. de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas). Cuando no sea posible efectuar la notificación al interesado o a su representante por causas no imputables a la Administración, se procederá a la notificación por comparecencia mediante anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y Tablón de Anuncios de las Oficinas Municipales.

    Si opta por la Tramitación Telemática:
    En el Diálogo Interactivo podrá seleccionar que se le notifique por vía telemática tal y como se establece en el art. 43 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En su Carpeta Ciudadana tendrá a disposición el acto objeto de notificación, así como la posibilidad de acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales.

Información general
Expandir/Contraer
  • Horario de atención al público: miércoles y viernes de 09:00 a 13:00 horas.

Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
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  • Texto íntegro

    buscarLupa.gif
Ley 13/2007 Ordenación Transporte por Carretera de Canarias
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  • Capitulo III

    Agrupación y cooperación

    Artículo 21 Agrupación de operadores

    Los poderes públicos promoverán el asociacionismo entre los operadores de transportes, así como de quienes desarrollen actividades complementarias y auxiliares, a fin de canalizar la participación de los mismos en la definición de los objetivos de política general de los transportes en Canarias así como en las normas que afecten a sus intereses en el marco de esta Ley.

    Reglamentariamente se establecerán las condiciones de participación de las asociaciones, agrupaciones y federaciones de transportistas en los órganos que se creen a tales efectos.

    Artículo 22 Cooperación y colaboración entre empresas

    1. Las Administraciones competentes promoverán la agrupación y cooperación de los pequeños y medianos operadores de transportes, incentivando fórmulas de cooperación entre ellos, especialmente la constitución de cooperativas, sociedades comercializadoras o agrupaciones de interés económico, que podrán ser las titulares de los títulos administrativos habilitantes.

    2. Reglamentariamente se establecerán, en su caso, los procedimientos para atribuir los títulos habilitantes a las cooperativas, y otras modalidades de agrupación, así como las condiciones que deben cumplir.

    3. Cuando las empresas autorizadas para la realización de transporte público reciban demandas de porte que excedan coyunturalmente de su propia capacidad de transporte, podrán atenderlas utilizando la colaboración de otros transportistas debidamente autorizados que dispongan de los medios necesarios determinándose reglamentariamente los requisitos necesarios para llevar a cabo dicha colaboración.

    4. Los términos en que sea admisible la colaboración en la realización de transporte público regular de viajeros permanente y de uso general se establecerá en los pliegos de cláusulas administrativas de las respectivas concesiones mediante un procedimiento de comunicación previa.

    Artículo 23 Representación de los trabajadores

    Las organizaciones sindicales más representativas del sector, tendrán participación en la definición de los objetivos de política general de los transportes en Canarias así como en las normas que afecten a sus intereses en el marco de esta Ley, en la forma que reglamentariamente se determine.

Ordenanza del Servicio Urbano de Taxi de las Palmas de Gran Canaria
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  • Texto Íntegro

    buscarLupa.gif

Unidad Administrativa

(18.01) Sección de Tráfico y Transporte

Carta de Servicios


Taxi - Denuncia en Relación con el Servicio
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