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La certificación es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento.
La certificación debe estar suscrita por el secretario del Ayuntamiento y conformada por el alcalde, o por quienes les sustituyan o cuenten con su delegación, ya sea mediante firmas manuscritas o electrónicas conforme a la legislación vigente.Las certificaciones acreditan únicamente de la residencia en el municipio y el domicilio del habitante, así como otros hechos relativos al empadronamiento y de los que el Ayuntamiento tiene constancia oficial: fechas iniciales y final de empadronamiento en el municipio, domicilios en los que ha estado empadronado, causa del alta o de la baja en el Padrón, etc. En todo caso se cumplimentará la información adicional de cada empadronamiento estrictamente en la medida en que sea pertinente para el fin para el que se ha solicitado la certificación.
Este trámite solo puede ser empleado para la obtención del certificado histórico colectivo de la persona solicitante, constando aquellas personas que figuran o han figurado inscritas en el último domicilio con la persona solicitante.
Los certificados de empadronamiento expedidos a personas inscritas en establecimientos colectivos tendrán siempre carácter individual.
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(0201) Sección de Estadística y Padrón de Habitantes
Calle León y Castillo, 270 - Planta Sótano 35005
Tel: 928446336 Email: padrondehabitantes@laspalmasgc.es
- Positivo (3 Meses)
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Los certificados y volantes histórico colectivos serán tramitados de forma automatizada, si se cumplen los siguientes requisitos:
a. Debe ser solicitado por una de las personas inscritas en el domicilio, correctamente identificada mediante identidad digital (certificado digital, DNI digital o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento).
b. Que en el domicilio exista una sola hoja padronal.
c. Que todas las personas mayores de edad inscritas hayan autorizado expresamente a los mayores de edad empadronados en su hoja a comunicar al Ayuntamiento las futuras variaciones de sus datos y a obtener certificaciones o volantes de empadronamiento, mediante el consentimiento marcado en la casilla de información voluntaria de la hoja padronal. Si alguna de ellas no ha autorizado, en el certificado automatizado emitido no figurarán sus datos personales, y se mostrará el recuento de personas que no han autorizado y el número total de personas en el domicilio.
d. Que en el domicilio no existan supuestos de especial protección, como puede ser víctimas de violencia de género y menores bajo su guarda o custodia, menores en acogimiento familiar, etc.
e. Que sobre la inscripción en el domicilio de la persona solicitante no se haya iniciado, o no proceda la iniciación, de un expediente de baja de oficio por no residir ya en la misma.
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Persona interesada.
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1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
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Telemática: En cualquier momento los 365 días del año.
Quioscos: De lunes a viernes. Jueves por la tarde.
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1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
• En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.60.87
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30 - 19:30.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00 - 14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00 - 14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00 - 14:00.
A partir del día 26 de mayo 2025 esta oficina permanecerá cerrada por obras, hasta nuevo aviso.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00 - 14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00 - 14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00 - 14:00; jueves 16:30 - 19:30.El horario y periodo de tiempo afectado por el horario especial de atención durante el verano y las fiestas de Navidad, Fin de Año y Reyes será el que fije el Área de Gobierno con competencias para ello.
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Trámite gratuito.
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Negociado de Padrón de Habitantes.
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Tres meses máximo. En caso de que se cumplan los requisitos establecidos, su emisión será inmediata.
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Inmediata.
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Si no se cumple los requisitos exigidos, la emisión del volante no será inmediata, pudiendo ser solicitado a través de la Sede Electrónica municipal en el trámite “Certificado histórico colectivo no automatizado”, aportando en su caso la autorización de las personas mayores de edad inscritas.
