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La certificación es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento.
La certificación debe estar suscrita por el Secretario del Ayuntamiento y conformada por el Alcalde, o por quienes les sustituyan o cuenten con su delegación, ya sea mediante firmas manuscritas o electrónicas conforme a la legislación vigente.
Los supuestos en los que se exige específicamente el certificado de empadronamiento por ser este el único documento público que acredita fehacientemente a efectos administrativos la residencia y el domicilio habitual de un ciudadano (un ejemplo en el que se requieren certificados es el procedimiento de reconocimiento de firma de los documentos expedidos por las entidades locales, dentro del procedimiento de legalización diplomática de estos documentos cuando deban surtir efectos en países no firmantes del Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961).
Las certificaciones acreditan únicamente de la residencia en el municipio y el domicilio del habitante, así como otros hechos relativos al empadronamiento y de los que el Ayuntamiento tiene constancia oficial: fechas iniciales y final del empadronamiento en el municipio, domicilios en los que ha estado empadronado, causa del alta o de la baja en el Padrón, etc. En todo caso se cumplimentará la información adicional de cada empadronamiento estrictamente en la medida en que sea pertinente para el fin para el que se ha solicitado la certificación.
Podrán referirse solo a una o a la totalidad de las personas inscritas en un determinado domicilio. No deben expedirse estos documentos para varias personas cuando no comprendan a todos los habitantes inscritos en el mismo domicilio.
Los certificados de empadronamiento expedidos a personas inscritas en establecimientos colectivos tendrán siempre carácter individual.
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(0201) Sección de Estadística y Padrón de Habitantes
Calle León y Castillo, 270 - Planta Sótano 35005
Tel: 928446336 Email: padrondehabitantes@laspalmasgc.es
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- Documentación Básica
- Justificante del Pago de la Tasa por Expedición de Documentos.
- En caso de solicitudes formuladas por persona distinta de la titular
- Solicitud de certificado cumplimentada y firmada.
- Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), de la persona interesada y autorizada.
- Escrito de AUTORIZACIÓN de la persona interesada debidamente firmado. Cuando en la acreditación de la representación por la persona autorizada, se plantee alguna duda o esta no haya sido acreditada, el Ayunt. está facultado para solicitar la doc. que considere conveniente y podrá si así lo estima, enviar el justificante.
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
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Persona con interés legitimo o por medio de representación.
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El trámite puede ser instado por:
• Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Acudiendo a las oficinas detalladas en el apartado Dónde lo puede solicitar/presentar en los horarios establecidos. De forma previa puede consultar en la Ventanilla Virtual los documentos a aportar para cada trámite así como toda la información relativa al mismo.
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
• Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
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Presencial: De lunes a viernes. Jueves por la tarde y sábados por la mañana, excepto los sábados del mes de agosto.
Telemática: En cualquier momento los 365 días del año.
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1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
• En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan, previa petición de cita al 010, 928446000 o www.laspalmasgc.es:Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00 - 14:00; jueves 14:00 - 17:00.Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00 - 14:00.Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00 - 14:00.
A partir del día 26 de mayo 2025 esta oficina permanecerá cerrada por obras, hasta nuevo aviso.Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz). Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00 - 14:00.Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00 - 14:00.Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00 - 14:00; jueves 14:00 - 17:00.El horario y periodo de tiempo afectado por el horario especial de atención durante el verano y las fiestas de Navidad, Fin de Año y Reyes será el que fije el Área de Gobierno con competencias para ello
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1- Otras certificaciones desde 1.5.1996: 7,66 Euros.
2- Por cada pliego de más se abonará 0,60 Euros sobre la Tarifa Base.
3- Certificaciones de documentos o actos de cinco a diez años de antigüedad, con respecto al 1.5.1996, sufrirán un recargo del 100 %.
4- Certificaciones de documentos o actos de diez a veinte años de antigüedad, con respecto al 1.5.1996, sufrirán un recargo del 200 %.
5- Certificaciones de documentos o actos de antigüedad igual o superior a veinte años, con respecto al 1.5.1996, tendrán un recargo del 300 %.
6- En los supuestos de certificaciones que impliquen la emisión de informes expresos por la Policía Local u otros funcionarios municipales, la tarifa sufrirá un recargo del 100 %.
7- En los casos de certificaciones solicitadas por personas que, por medio de documentación emitida por entidades públicas, acrediten unos ingresos familiares por mes, iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional y carezcan de bienes, la tarifa será, en todo caso, de: 1,20 Euros.
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Negociado de Padrón de Habitantes.
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La entrega de esta certificación siempre es presencial.
