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Solicitar certificado de Empadronamiento para terceros y/o anterior a 01.05.1996.
La certificación es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento.
La certificación debe estar suscrita por el secretario del Ayuntamiento y conformada por el alcalde, o por quienes les sustituyan o cuenten con su delegación, ya sea mediante firmas manuscritas o electrónicas conforme a la legislación vigente.
Las certificaciones acreditan únicamente de la residencia en el municipio y el domicilio del habitante, así como otros hechos relativos al empadronamiento y de los que el Ayuntamiento tiene constancia oficial: fechas iniciales y final del empadronamiento en el municipio, domicilios en los que ha estado empadronado, causa del alta o de la baja en el Padrón, etc. En todo caso se cumplimentará la información adicional de cada empadronamiento estrictamente en la medida en que sea pertinente para el fin para el que se ha solicitado la certificación.
Este trámite puede ser empleado para la obtención del certificado de empadronamiento actual o histórico:
- Individual o colectivo de la persona solicitante, siempre que no esté en posesión de certificado digital.
- Individual o colectivo de tercera persona.
- Con información de años anteriores a 1996 (antigüedad en el empadronamiento anterior a 1 de mayo de 1996).
- De un periodo comprendido entre dos o más fechas (ejemplo: 1.1.1998 a 1.1.2000 y 1.1.2001 a 1.1.2002).
En los certificados históricos colectivos constarán aquellas personas que figuran o han figurado inscritas con la persona interesada.
Los certificados de empadronamiento expedidos a personas inscritas en establecimientos colectivos tendrán siempre carácter individual.
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(0201) Sección de Estadística y Padrón de Habitantes
Calle León y Castillo, 270 - Planta Sótano 35005
Tel: 928446336 Email: padrondehabitantes@laspalmasgc.es
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Estar o haber estado la persona interesada inscrita en el Padrón Municipal de Habitantes.
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No tiene.
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- La persona interesada o su representante legal.
- En caso de solicitud de certificado de empadronamiento de menor no emancipado:
Deberá ser solicitado por sus padres o representantes legales con los que figure empadronado; si no está empadronado con estos, la persona solicitante deberá tener autorización de la persona mayor de edad con la que figure empadronado el menor.- En caso de solicitud de certificado de una persona fallecida:
Puede solicitarlo cualquier persona que acredite un interés legítimo: descendientes, cónyuge, ascendientes o personas autorizadas por estos.
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El trámite puede ser instado por:
• Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Vía Presencial. Acudiendo a las oficinas detalladas en el apartado Dónde lo puede solicitar/presentar en los horarios establecidos. De forma previa puede consultar en la Ventanilla Virtual los documentos a aportar para cada trámite así como toda la información relativa al mismo.
3. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
• Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
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Trámite presencial: de lunes a viernes, en horario de 8:00 a 14:00 horas.
Jueves de 16:30 a 19:30 horas, en la Oficina Central y en Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: de 08:00 a 13:30 horas.
Trámite telemático: En cualquier momento, los 365 días del año.
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1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
• En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan, previa petición de cita al 010, 928446000 o www.laspalmasgc.es:Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 14:00-17:00.Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
A partir del día 26 de mayo 2025 esta oficina permanecerá cerrada por obras, hasta nuevo aviso.Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz). Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 14:00-17:00.El horario y periodo de tiempo afectado por el horario especial de atención durante el verano y las fiestas de Navidad, Fin de Año y Reyes será el que fije el Área de Gobierno con competencias para ello
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Documentación básica
- Solicitud de certificado de empadronamiento (disponible en Descargas / Enlaces).
- Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción) de la persona interesada.
- Justificante de pago de la tasa por expedición de documentos.En caso de solicitud presentada por persona distinta de la titular:
- Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción) de la persona interesada.
- Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción) de la persona autorizada.
- Escrito de autorización de la persona interesada debidamente firmado. Cuando en la acreditación de la representación por la persona autorizada, se plantee alguna duda o esta no haya sido acreditada, el Ayuntamiento está facultado para solicitar la documentación que considere conveniente y podrá si así lo estima, enviar el certificado de empadronamiento al domicilio de la persona interesada. (Disponible en Descargas / Enlaces).En caso de certificado a nombre de menor no emancipado, solicitado por personas (sean progenitores o no) que se encuentran empadronadas en situación de alta en la inscripción en la que figura el menor:
- Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción) de las personas solicitantes.
En caso de certificado a nombre de menor no emancipado, solicitado por personas (sean progenitores o no) que no se encuentran empadronadas en situación de alta en la inscripción en la que figura el menor:
- Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción) de las personas solicitantes.
- Autorización de la persona mayor de edad con la que el menor figure empadronado, adjuntándose fotocopia del documento de identidad de la persona autorizante.En caso de certificado a nombre de una persona difunta o fallecida:
- Documento acreditativo de la identidad (DNI, pasaporte, autorización de residencia o cédula de inscripción), tanto de la persona fallecida como de la persona solicitante.
- Certificado de defunción expedido por el Registro Civil o la página del Libro de Familia en que figura registrado el fallecimiento.En caso de certificado a nombre de una persona difunta o fallecida, solicitado por el cónyuge:
- Libro de familia.
- Certificado de matrimonio.En caso de certificado a nombre de una persona difunta o fallecida, solicitado por un hijo/a o padre/madre:
- Libro de familia.
- Certificado literal de nacimiento.En caso de certificado a nombre de una persona difunta o fallecida, solicitado por persona heredera testamentaria:
- Testamento.
- Certificado de últimas voluntades.En caso de certificado a nombre de una persona difunta o fallecida, solicitado por persona no empadronada en el mismo domicilio de la persona fallecida, ni sea heredera:
- Documento en el que se acredite su condición de persona interesada o de representante de la persona interesada.
En caso de certificado a nombre de una persona difunta o fallecida, solicitado por persona jurídica, por ejemplo, una gestoría u otros profesionales, por ejemplo, abogado/a:
- Documentos que acrediten que actúan en representación de las personas interesadas legítimas.
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1 Certificaciones de documentos o actos del Padrón actual, desde 1.5.1996.
1.1 Certificaciones expedidas por los siguientes motivos, 2,46 euros cada una:
1.1.1 Matrícula en centros de enseñanza.
1.1.2 Documento Nacional de Identidad.
1.1.3 Seguridad Social.
1.1.4 Reducción de tarifas telefónicas.
1.1.5 Solicitud de Becas.
1.1.6 Para su presentación en la Jefatura Provincial de Tráfico.
1.1.7 Para Asuntos Militares.1.2 Otras certificaciones. 7,66 euros.
2 Por cada pliego de más se abonará 0,60 euros sobre la Tarifa Base.
3 Certificaciones de documentos o actos de cinco a diez años de antigüedad, con respecto al 1.5.1996, sufrirán un recargo del 100 %.
4 Certificaciones de documentos o actos de diez a veinte años de antigüedad, con respecto al 1.5.1996, tendrán un recargo del 200 %.
5 Certificaciones de documentos o actos de antigüedad igual o superior a veinte años, con respecto al 1.5.1996, tendrán un recargo del 300 %.
6 En los supuestos de certificaciones que impliquen la emisión de informes expresos por la Policía Local u otros funcionarios municipales, la tarifa sufrirá un recargo del 100 %.
7 En los casos de certificaciones solicitadas por personas que, por medio de documentación emitida por entidades públicas, acrediten unos ingresos familiares por mes, iguales o inferiores, al salario mínimo interprofesional y carezcan de bienes, la tarifa será, en todo caso, de 1,20 euros.
El pago de la tasa podrá gestionarlo a través de la Oficina Virtual Tributaria: https://laspalmasgc.tributoslocales.es/350163/APALMASGC
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Negociado de Padrón de Habitantes.
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3 meses.
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No.
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Presencial: Se retirará por el Negociado de Padrón de Habitantes, previa petición de cita al 010 o 928446000.
Telemático: Se pondrá a disposición en la Bandeja de Comunicaciones de la Sede Electrónica, desde donde podrá descargarlo.
